Este trabajo ha actualizado la ley concursal peruana, hasta abril del año 2020. Norma que regula el manejo de las crisis patrimoniales desde una perspectiva de eficiencia económica en el Perú; la misma que permite, de ser el caso, asegurar la continuidad de la actividad económica realizada por personas naturales, personas jurídicas (individuales o colectivas – sociedades o incluso asociaciones), sociedades conyugales y sucesiones indivisas, siempre y cuando tengan viabilidad, o permitir la liquidación del patrimonio de dichos negocios de manera rápida, conveniente y con los menores costos posibles, pues consiente que estas crisis patrimoniales sean manejadas por los verdaderos interesados en las mismas, los “acreedores”, que son los actores fundamentales del desarrollo de estos procedimientos, los que están a cargo del INDECOPI, por intermedio de sus órganos funcionales competentes, y quien ha desarrollado esta labor de manera conveniente y prolija, lo que ha permitido que el Perú contemos con un sistema concursal eficiente y confiable, aunque siempre imperfecto y, por tanto, pasible de ser mejorado.
Ley General del Sistema Concursal
por julioh | Abr 20, 2020 | crisis patrimonial, Derecho Concursal, deudas, Empresas Quebradas, Herramientas legales, Julio Lozano, Quiebra, Uncategorized | 0 Comentarios